Residencia Familiar Ciudadano UE

Residencia Familiar ciudadano UE

Residencia Familiar Ciudadano UE


Concepto:


Los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.


Requisitos:


  • Pasaporte completo de la persona extranjera y del ciudadano europeo.
  • Modelo solicitud EX-19.
  • Pago de la tasa (12,00 €).
  • DNI de la persona Europea o Certificado de Ciudadano Europeo.
  • Documentación acreditativa del vínculo familiar (Certificado de Matrimonio, pareja de hecho, certificado literal nacimiento, etc).
  • Contrato de trabajo de la pareja de la Unión Europea.
  • Empadronamiento de ambos.
  • Dependiendo de la condición que cumpla el Ciudadano de la Unión Europea: si es trabajador por cuenta ajena podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:


 Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo, al menos, los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.


Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, o la comunicación de la contratación y sus condiciones a través de la plataforma CONTRAT@.


Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social

 


Procedimiento:

 

Una vez disponga de la documentación la tramitación de esta solicitud se la podríamos realizar de forma telemática, el plazo de contestación es un máximo de 90 días.


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