Residencia Familiar ciudadano UE
Residencia para padres de hijo español
Concepto:
Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española, o sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Requisitos:
En el supuesto de ser padre o madre de menor de nacionalidad española:
Procedimiento:
Una vez disponga de la documentación la tramitación de esta solicitud se la podríamos realizar de forma telemática, el plazo de contestación es un máximo de 90 días.
¡PRESENTAREMOS SU SOLICITUD EN MENOS DE 24 HORAS!