Residencia para padres de hijo español

Residencia Familiar ciudadano UE

Residencia para padres de hijo español


Concepto:


Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española, o sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.


Requisitos:


  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.


  • Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.


  • Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.


  • Documentación acreditativa del vínculo familiar y la nacionalidad que será:


 En el supuesto de ser padre o madre de menor de nacionalidad española:


  • Certificado de nacimiento del menor de nacionalidad española en el que conste el vínculo familiar y la nacionalidad española de dicho menor.


Procedimiento:

 

Una vez disponga de la documentación la tramitación de esta solicitud se la podríamos realizar de forma telemática, el plazo de contestación es un máximo de 90 días.


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